lunes, 10 de marzo de 2014

Una reflexión sobre la sanidad pública

Hace ya un tiempo José Luis Ferreira publicó un artículo en su blog titulada ¿Qué entendemos por sanidad pública?. En él proponía un escalado en el concepto de sanidad pública desde el seguro médico obligatorio hasta la titularidad pública de los servicios sanitarios y animaba a analizar cada una de las opciones en base a la evidencia sin juicios apriorísticos (algo que por otro lado es su, nuestro, caballo de batalla).

Lo cierto es que cuando construimos un hospital público lo construyen empresas privadas, llámense ACS, Sacyr o Construcciones Gualberto y Jacinto S.A. La fontanería la instala una empresa privada y los alicatados de los baños también. El equipamiento de los quirófanos lo suministran empresas privadas, así como las camillas de los paritorios. Los ecógrafos, TAC, etc. los proveen empresas privadas. Los análisis de sangre se suelen hacer en el propio laboratorio pero las agujas, tubos, kits de reactivos, ELISAs, en definitiva, todo lo necesario para equipara el laboratorio y hacer las analíticas lo proveen empresas privadas. Y las camas, y las propias sábanas de las camas. Cada bisturí que se utiliza, las grapas para cerrar cicatrices, las bombillas de cada quirófano: todo son compras a empresas privadas. Los pañales de los recién nacidos y los biberones de suero glucosado. Los uniformes de los ATS, las mascarillas del personal de la planta de enfermedades infecciosas, todo lo hacen empresas privadas. Y los antibióticos, vacunas, medicinas de todo tipo son también productos elaborados por empresas privadas. Y el esparadrapo, las jeringas, las escobas, guantes de látex, bolígrafos, ordenadores, ventanas, jabón.... todo se compra al sector privado.

¿Qué hay de público pues en la sanidad pública?. ¿Que el personal pertenece al estatuto de la función pública en lugar de pertenecer al estatuto de los trabajadores?. ¿Que la gestión pública, si ha de distinguirse de la privada, mira menos los gastos haciendo felices a sus proveedores?.

Lo único público es la gratuidad y universalidad del servicio y en mi opinión es lo único que hay que defender fijando claramente las coberturas y la calidad del servicio. Lo demás creo que que no es más que demagogia para defender intereses personales bastardos.


martes, 4 de marzo de 2014

¿Quieres invertir conmigo?

Tengo una propuesta que hacerte. Un gran negocio. Mira, es muy sencillo: tú depositas 1000€ en una cuenta a mi nombre. Yo el primer día te ingresaré en la cuenta el 20% del saldo que haya, y al día siguiente retiraré el 19%. De esta manera cada dos días ganas un 1% (el 20 que te doy menos el 19 que te quito al día siguiente), así durante un año. Al cabo de un año te traspasaré todo lo que haya en la cuenta. ¿Aceptas?... Bueno... vale: te prometo que el último día coincidirá con un pago mío de un 20%. ¿Te parece bien?


Yo me lo pensaría bien. El problema con los porcentajes es que la mayor parte de las veces no pueden sumarse o restarse directamente tal y como yo he hecho (20 - 19), ya que la base sobre la que se calculan es distinta. Lo mismo que con los porcentajes (y por el mismo motivo) ocurre con las tasas de crecimiento: ¿algo que sube el 10% y después baja el 10% se quedará igual?.

Veamos qué pasa en el negocio propuesto:
El primer día ingresas 1.000€ y yo cumplo mi parte del trato: pongo 200€ dejando 1.200€ en la cuenta. Al día siguiente retiro el 19%... ¡de 1.200€!, esto es, 228€, dejando en la cuenta 972€. De nuevo al día siguiente vuelvo a poner el 20% de 972€: 194.4, dejando la cuenta en 1.166,4€, y así sucesivamente. Al cabo de un año en la cuenta quedarán aproximadamente 48,74€. ¿Qué ha pasado aquí?.

Básicamente lo que ocurre es que el rendimiento medio de la "inversión" no se calcula mediante la media aritmética (20 - 19)/2 = 0,5 cada dos días, sino que habría que calcular la media geométrica del factor que se aplica cada día, esto es, la raíz cuadrada de 1,2 x 0,81 = 0,9859. Cada dos días se pierde un 1,41%  (1 - 0,9859) del saldo que haya en la cuenta.


sábado, 1 de marzo de 2014

Excedente Bruto de Explotación NO son beneficios empresariales

Vaya por delante que no soy un experto en contabilidad nacional ni en estadísticas oficiales. No obstante a veces se leen cosas que no me resigno a dejar pasar. En concreto hoy me refiero a este artículo de El Confidencial y más concretamente a la gráfica que lo acompaña y que aquí reproduzco.
El principal problema del gráfico mostrado es que su autor ha "reinterpretado" los conceptos que se utilizan en contabilidad nacional y pueden llevar a error al lector. Hay varios errores que señalo a continuación:
  1. La distribución que señala no es propiamente del PIB sino de la Renta Nacional Bruta. Es cierto que son conceptos casi equivalentes pero si atendemos a una división por tipos de renta es mejor llamar a las cosas por su nombre. Para quien sepa algo de música es como si alguien llama a un Re bemol, Do sostenido... suena la misma nota pero armónicamente uno tiene sentido y el otro no. Menudencias. 
  2. Lo que denomina "Rentas salariales" en realidad es "Remuneración de los asalariados" e incluye conceptos como las cotizaciones a la seguridad social por parte de la empresa o pagos en especie.
  3. La parte de "Impuestos" se refiere solo y exclusivamente a "Impuestos netos de subvenciones sobre la producción y las importaciones". No cuentan todos los impuestos sino solo los que gravan la producción e importaciones.
  4. ¿Beneficios empresariales? Aquí es donde la imaginación del autor se desboca. El concepto en contabilidad nacional es "Excedente bruto de explotación / Renta Mixta Bruta". ¿Es este concepto equivalente al de "Beneficios Empresariales"? La respuesta es que no... ni de lejos. Según el Handbook of Quarterly National Accounts que es el documento de referencia para la elaboración de las cuentas nacionales en Europa vemos que este capítulo se descompone en muchas partidas (páginas 112 y 113 del documento anterior): beneficios de empresas públicas, intervenidas, locales, de empresas privadas, intereses cobrados por gobierno y familias y rentas y alquileres percibidos O imputados. 
Los alquileres imputados son una estimación de lo que valdría el alquiler de la vivienda que una persona tiene en propiedad: yo he pagado mi casa y a cambio me beneficio de su uso durante años sin pagar por ello. Esos alquileres imputados se consideran renta de las familias y en España suponen mucho dinero puesto que el porcentaje de vivienda en propiedad es muy alto. (Se puede consultar en la Encuesta de Presupuestos Familiares. A grosso modo viene a sumar 2.400€ por persona y año).

 Para que nos hagamos una idea, si el Excedente Bruto de Explotación es de aproximadamente 465.000 millones de € sólo los alquileres imputados a las familias están cerca de 100.000 millones. Con lo que nos quedan para el resto de partidas unos 365.000 millones. 

¿Son los beneficios empresariales pues de 365.000 millones?. No. Faltaría eliminar alguna de las partidas que he enumerado (intereses y otras rentas) pero sobre todo hay una partida que falta y que es muy, pero que muy gorda. Me refiero a las amortizaciones o como se llaman en contabilidad nacional "Consumo de Capital Fijo", esto es, el valor que pierden por su uso, consumo o paso del tiempo todos aquellos elementos destinados a producir, desde las máquinas, las fábricas, los camiones o las carreteras. Todavía no hay una estimación de dicha cifra para 2013, pero en 2012 fue de 169.000 millones de €. Y eso hay que restarlo. De hecho, cuando se restan las amortizaciones a la Renta Nacional Bruta obtenemos la Renta Nacional Neta, que es un valor muy cercano ya a la Renta Disponible. 

Así pues, nos queda un valor inferior a los 200.000 millones de € como cifra candidata a acercarse a los "Beneficios Empresariales". Hay que tener en cuenta que dicha cifra incorporaría las rentas de actividades profesionales y empresariales (autónomos), beneficios de empresas públicas y un largo etc. 

Espero que haya quedado claro el título del post: Excedente Bruto de Explotación NO son beneficios empresariales.